Rechazan la demanda de Huermur que atribuyó a la Junta de Hacendados ventas encubiertas de terrenos

La Audiencia Provincial concluye que «los hechos denunciados se han revelado inexistentes.

 

La Audiencia Provincial de Murcia desestimó el recurso que la Asociación en Defensa de la Huerta de Murcia (Huermur) presentó frente al archivo de las diligencias abiertas contra la Junta de Hacendados, a la que atribuyó la venta encubierta de terrenos de los cauces.

Esta organización llevó a los tribunales a la citada Junta de Hacendados, a la que atribuyó la comisión de un delito societario y otro de asociación ilícita, pero el Juzgado de Instrucción de Murcia que investigó los hechos acordó el sobreseimiento provisional, decisión que fue apelada a la Audiencia.

Este segundo tribunal, en un auto que tiene como ponente al magistrado Abdón Díaz, coincide con el Juzgado en que de las actuaciones no se deduce la comisión de los ilícitos alegados.

Huermur, en su querella, expuso que los integrantes de la Junta de Hacendados habían enajenado espacios de cauces de distribución de aguas, cauces y quijeros a distintos promotores sin contar con la preceptiva autorización de la Junta General.

Asimismo, les atribuyó haber enajenado de forma encubierta bienes de la comunidad de regantes sin tener competencia alguna para ello y bajo la apariencia de contratos de cesión.

No aparece acreditado dice el auto, que los contratos de cesión de uso aportados adolecieran de falta de competencia preordenada a ilícitas disposiciones, ni que fueran falsos, enmascarando simulaciones de ventas fraudulentas, al no tener una pericia practicada para determinar el valor urbanístico de los terrenos”.

Y añade que tampoco se ha probado que los cauces afectados por las cesiones de uso vieran alterada su funcionalidad y que, a raíz de ello, dejaran de prestar servicio a los regantes.

La Audiencia comenta que “el importe de lo obtenido por esas cesiones se ingresó en el patrimonio de la Junta de Hacendados, sin que ninguno de sus miembros se lucrara con su importe, ni que lo destinara a usos propios”.

Concluye el auto que “los hechos denunciados se han revelado inexistentes, y aquellos cuya realidad han contribuido a establecer las diligencias emprendidas carecen de trascendencia penal”.

http://www.laverdad.es/murcia/ciudad-murcia/201702/08/audiencia-rechaza-demanda-atribuyo-20170208142119.html